En fecha reciente la Comisión de Educación del Senado de la República aprobó por unanimidad reformar la Ley General de Educación y prohibir el pago de las cuotas escolares como condicionante para prestar los servicios educativos a cargo del Estado. El dictamen de reforma al artículo 6º de esa legislación establece que la educación impartida por el Estado Mexicano debe ser gratuita.
Así, reza el precitado precepto legal: “Queda prohibido condicionar la prestación de los servicios educativos a cargo del Estado a la entrega de aportaciones, cuotas, donaciones, dádivas o cualquier otro tipo de contraprestación en numerario, bienes o servicios”. Con tal espíritu legislativo se pretende, pues, que el acceso a las escuelas públicas no se condicione y que, con ello, se beneficie a un mayor número de estudiantes vigentes o cuyo ingreso es próximo.
Ley que es válida pero ineficaz en la vida cotidiana por lo siguiente:
- Existen necesidades de mantenimiento en las escuelas públicas de las cuales no se hace cargo el Estado, es decir, no se tiene asignado un presupuesto suficiente para ello y, por lo tanto, se carece de bienes suficientes para ello o, de plano, no se tiene bien alguno. Faltan escobas, trapeadores, detergentes, calentones, aires acondicionados, pizarrones, etc. Las cuotas sirven para dichos propósitos.
- Las cuotas escolares han servido, también, para que algunos directores y titulares de la sociedad de padres de familia se beneficien en su patrimonio, es decir, desvíen los recursos para su propio beneficio. Ello ha sido documentado en muchas ocasiones ante las Fiscalías respectivas y es una práctica común. Recuerdo como la Directora, en su tiempo, de la Escuela Primaria Nicolás Bravo se molestó en suma manera al haberme negado a registrar su firma como cotitular de la cuenta de la sociedad respectiva.
- Asimismo, las cuotas han servido para empoderar a las y los directores de los planteles educativos quienes exhiben conductas despóticas, autoritarias. Recuerdo como se exhibía y humillaba al alumnado o al padre/madre que no las cubría a tiempo o que no podía pagarlas. Desde cartelones en la puerta del plantel hasta la humillación pública en las juntas escolares, no obstante mi oposición y de algunos (as) a tales prácticas vejatorias y que ocasionó hostigamiento hacia mi persona y la de mi hija que cursaba en esa escuela. Ello, en franca violación de la dignidad de las personas, de la Constitución Política del Estado Mexicano y de los Tratados de Derecho Internacional que prohíben dichas prácticas intimidatorias y vejatorias.
Lo anterior, tiene su fundamento en una cultura autoritaria, machista, de la cual abrevan tanto unos como otras. Asimismo, en prácticas de corrupción que han caracterizado en mucho al magisterio. Usted ¿Qué opina?
JuárezDialoga a invitado Emilio Naná por su compromiso y trabajo en diversos movimientos sociales en Juárez. Él es Abogado/Psicólogo/Maestría en Ciencias Sociales: especialidad en políticas públicas y estudios culturales. Candidato a Doctor en Ciencias Sociales: especialidad en género.