La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que corresponde al fuero común enjuiciar a militares que hayan violentado los derechos humanos de civiles. Esto, a partir de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso de Rosendo Radilla, activista social desaparecido en 1974 en el municipio de Atoyac, Guerrero.
El alcance de tal decisión, se desprende de lo dicho por la SCJN, da facultades a los jueces de todo el país para que al tomar decisiones sobre casos concretos de violación a los derechos humanos de civiles, se apeguen a los tratados internacionales que en la materia haya firmado México. Es decir, por lo tanto tienen facultades para enjuiciar a militares que violenten las garantías individuales de las y los ciudadanos mexicanos.
Aún falta mucho por hacer, pero en lo inmediato lo relevante es que por fin la SCJN ha emitido una decisión que en lo sucesivo y en varios casos actuales sobre los que la CIDH ha emitido sentencias, ya podrían ser atraídos para ser juzgados en tribunales civiles.
No más fuero militar pues en violaciones a los derechos humanos en México. Se ha avanzado y claramente ahora se esta por encima de la popular idea de que los Derechos Humanos defienden a los delincuentes. Incluso, aunque los militares la sigan expresando todavía.